Denominación:Profit (Plan Nacional I+D+i 2004-2007): P.N. de Tecnología Electrónica y de Comunicaciones - Acción Estratégica sobre Televisión y Radio Digital - MICYT
Inicio de la convocatoria:03/04/2007Fin de la convocatoria:02/05/2007
Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdidoGarantías/Avales
Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e InnovaciónInvestigación y desarrollo tecnológicoTIC y Sociedad de la Información
Serán subvencionables: inversiones en aparatos y equipos; gastos de personal; gastos de material fungible; gastos en subcontrataciones; otros gastos generales suplementarios derivados del proyecto; gastos ligados al registro de patentes; costes indirectos. NO serán subvencionables: gastos ejecutados fuera de plazo de ejecución del proyecto; costes de IVA; gastos financieros derivados del pago aplazado de inversiones; gastos de amortización de equipos; inversiones en terrenos y locales; despliege de infraestructuras para prestación de servicios; inversiones en obra civil; inversiones mediante arrendamiento financiero o leasing; inversiones en equipos o instalaciones usadas; gastos asociados a personal que no impute horas directamente al proyecto.
La Acción Estratégica de Televisión y Radio Digital (cod. 330300) se vincula al Subprograma Nacional de Tecnologías de las Comunicaciones está enmarcado en el Programa Nacional de Tecnología Electrónica y de las Comunicaciones de la parte de Fomento de la Investigación Técnica del Plan Nacional de I+D+i para el período 2004-2007.
PRIORIDADES TEM
El pago de la ayuda se efectuará siempre con anterioridad a la realización de la anualidad correspondiente del proyecto o actuación, tras dictarse la resolución de concesión.
Los anticipos serán abonados con anterioridad a la justificación, siempre que se haya justificado la constitución de la correspondiente garantía.
En el caso de concesión de subvenciones se eximirá de la constitución de garantías a aquellos proyectos o actuaciones en los que todos sus beneficiarios cumplan las siguientes condiciones: que la cuantía de ayuda por beneficiario sea igual o inferior a 100.000 euros; que el coste del proyecto no supere el 25% de los ingresos totales o de explotación; y que los beneficiarios sean centros tecnológicos, otras entidades de derecho público o microempresas.
En el caso de préstamos, cuando el solicitante único aporte un certificado en el que una entidad de crédito asuma, de manera irrevocable y con las debidas garantías, el reembolso de la totalidad del préstamo y todos los beneficiarios sean centros tecnológicos u otras entidades de derecho público que presenten un informe de auditoría.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España
Nombre de la institución: Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información / Ministerio de Industria, Turismo y Comercio | Dirección: Paseo de la Castellana, 160 - 28071 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Desarrollo de la Sociedad de la Información / Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información / Ministerio de Industria, Turismo y Comercio | Dirección: Paseo de la Castellana, 160 - 28071 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Resolución de 28/03/2007
Fecha: 02/04/2007
Páginas: 14406-14418 (6994)
Tipo: Resolución de 02/02/2007
Fecha: 06/02/2007
Páginas: 5541-5552 (2572)
Tipo: Resolución de 24/02/2006
Fecha: 03/03/2006
Páginas: 8926-8936 (3864)
Tipo: Resolución de 20/04/2005
Fecha: 28/04/2005
Páginas: 14504-14513 (6961)
Tipo: Orden Ministerial de 18/03/2005
Fecha: 19/03/2005
Páginas: 9670-9698 (4611)
Tipo: Orden Ministerial de 29/06/2004
Fecha: 02/07/2004
Páginas: 24619-24621 (12453)
Tipo: Resolución de 19/11/2003
Fecha: 20/11/2003
Páginas: 41178-41182 (21185)
Tipo: Orden Ministerial de 12/11/2003
Fecha: 15/11/2003
Páginas: 40291-40333 (20932)