Home www.subvencionesayudas.com

Profit (Plan Nacional I+D+i 2004-2007): ayudas al sector textil/confección

Información general de la subvención

Denominación:Profit (Plan Nacional I+D+i 2004-2007): ayudas al sector textil/confección

Inicio de la convocatoria:01/03/2007Fin de la convocatoria:31/03/2007

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e InnovaciónInvestigación y desarrollo tecnológico

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 %
  • Máximo subvencionable del préstamo:75,00 %
  • Plazo máximo de amortización:144 meses
  • Plazo máximo de carencia:24 meses

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1: costes de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), costes de instrumental y material, en la medida y tiempo en que se utilicen para el proyecto de investigación; costes de los servicios de asesoramiento y similares utilizado exclusivamente para la actividad de investigación; gastos generales adicionales directamente derivados del proyecto de investigación; otros gastos de funcionamiento (incluidos costes de material, suministros y productos similares).
  • para el caso 2: inversiones materiales (adquisición de nuevos equipos de tecnología avanzada relacionada con el diseño, sistemas inteligentes de fabricación, logística y distribución); inversiones inmateriales (asesoramiento técnico y jurídico para la búsqueda de cooperantes; estudios de viabilidad, estrategia y modelo asociativo).
  • para el caso 3: gastos de personal contratado dedicado directamente al proyecto de difusión; colaboraciones externas; material fungible; aparatos y equipos en la medida que se utilicen para el proyecto; otros gastos generales suplementarios.

Acciones subvencionadas

El Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT) para el sector textil/confección es un área específica que no está incluida en ningún programa nacional.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

  1. proyectos de investigación industrial.
  2. estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial.
  3. estudios de viabilidad técnica previos a actividades de desarrollo tecnológico.
  4. proyectos de desarrollo tecnológico.
  5. proyectos de inversión en activos materiales o inmateriales.
  6. servicios prestados por consultores externos para gestar, poner en marcha y desarrollar acuerdos de cooperación con otras empresas.
  7. actuaciones de difusión de los resultados de las actividades directas de I+D.

Las ayudas se podrán conceder como subvenciones a fondo perdido o como anticipos reembolsables, según el tipo de proyecto.Los proyectos se podrán presentar en forma de proyectos o actuaciones tecnológicas individuales o en cooperación.

Condiciones del pago

El pago de la ayuda quedará condicionado a que exista constancia de que el beneficiario cumple los requisitos y, en particular, el de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
En casos razonables y justificados, previa petición del interesado, la subvención podrá ser abonada, de modo total o parcial, con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto.
Los créditos reembolsables serán abonados con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto, siempre que se haya justificado la constitución de garantías.
La garantía se liberará por tramos a medida que se produzca el reembolso del crédito; si la resolución concediera una cantidad de ayuda inferior a la indicada en la propuesta, la garantía se reducirá de esta cuantía.
Quedan exentas de constituir garantías, en el caso de los créditos reembolsables, las pymes que hayan recibido ayuda financiera a través de CDTI o cuando el beneficiario aporte un certificado en el que una entidad de crédito asuma, de manera irrevocable y con las debidas garantías, el reembolso de la totalidad del préstamo.
En el caso de las subvenciones, están exentas de presentar garantías: las microempresas (en todo caso) y las pymes cuando la cuantía de ayuda concedida sea inferior a 100.000 euros o haya recibido ayuda financiera de alguna de las líneas de CDTI.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 22/02/2007
    Fecha: 28/02/2007
    Páginas: 8684-8688 (4224)

  • Autorización (2006/C 72/02) de la ayuda estatal N 415/2004

    Tipo: Anuncio
    Fecha: 24/03/2006
    Páginas: --2-

  • Convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 27/02/2006
    Fecha: 11/03/2006
    Páginas: 9910-9912 (4483)

  • Convocatoria para el año 2005

    Tipo: Resolución de 17/02/2005
    Fecha: 23/02/2005
    Páginas: 6555-6557 (3038)

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden Ministerial de 04/02/2005
    Fecha: 09/02/2005
    Páginas: 4560-4583 (2127)

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Orden Ministerial de 21/11/2003
    Fecha: 25/11/2003
    Páginas: 41773-41796 (21517)

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Orden Ministerial de 27/12/2002
    Fecha: 03/01/2003
    Páginas: 367-388 (208)

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden Ministerial de 24/01/2002
    Fecha: 29/01/2002
    Páginas: 3626-3647 (1745)

  • Bases y convocatoria para el año 2001

    Tipo: Orden Ministerial de 30/03/2001
    Fecha: 10/04/2001
    Páginas: 13377-13391 (7099)

La finalidad de este portal es de caracter informativo, su contenido ha sido obtenido del Ministerio de Fomento.
Si usted cree que cualquier parte de este portal constituye algún delito, póngase en contacto con nosotros con el fin de subsanarlo.
Política de Privacidad