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Plan Nacional I+D+i (2004-2007): acciones complementarias - MEC

Información general de la subvención

Denominación:Plan Nacional I+D+i (2004-2007): acciones complementarias - MEC

Inicio de la convocatoria:16/01/2007Fin de la convocatoria:30/12/2007

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e InnovaciónInvestigación y desarrollo tecnológico

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • de carácter general: los gastos que se deriven de la presentación del presupuesto en la figura de costes marginales (originados exclusivamente por el desarrollo de las actividades), excluidos costes indirectos.
  • para la modalidad 6:
    • aquellos financiados con contratos a costes marginales: el gasto realizado para complementar el concepto de equipamiento científico-técnico en la cuantía no cubierta por la UE.
    • aquellos financiados con contratos a costes totales: el gastos realizado para complementar la financiación de la UE, excepto gastos de personal y de costes generales (la ayuda que se conceda no podrá superar el 25% de los fondos europeos asigandos al grupo español).
  • para la modalidad 11: gastos relacionados con la adquisición de dicho equipamiento, su instalación y puesta en funcionamiento.
  • para la modalidad 12: la participación de jóvenes universitarios de primer o segundo ciclo.

NO serán subvencionables: las retribuciones de personal fijo vinculado o estatutaria o contractualmente a las entidades solicitantes, ni los gastos correspondientes a la construcción o mejora de edificios en sus aspectos de uso general, ni la adquisición de mobiliario o material de uso administrativo.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la realización de acciones complementarias de investigación en el marco de los Programas Nacionales de: Biomedicina; Biotecnología; Biología fundamental; Recursos y tecnologías agroalimentarias; Ciencias y tecnologías medioambientales; Biodiversidad, ciencias de la tierra y cambio global; Energía; Medios de transporte; Construcción; Ciencias y tecnologías químicas; Materiales; Diseño y producción industrial; Espacio; Astronomía y astrofísica; Física de partículas; Matemáticas; Física; Tecnología electrónica y de comunicaciones; Tecnologías informáticas; Tecnologías de servicios de la sociedad de la información; Humanidades; Ciencias sociales, económicas y jurídicas; Vertidos marinos accidentales; Nanociencia y nanotecnología; Genómica y proteómica; Deporte y Actividad Física; Sistemas complejos; E-Ciencia.

Las modalidades de las acciones complementarias son:

  1. la organización de congresos, seminarios y jornadas de carácter científico-técnico.
  2. la creación de redes temáticas de carácter científico-técnico.
  3. la realización de actividades de especial interés a bordo de buques oceanográficos en sus tránsitos, así como otras concretas a desarrollar en la Antártida.
  4. la adaptación de bases de datos de seres vivos dentro del marco del Global Biodiversity International Facility (GBIF).
  5. la preparación de propuestas para la participación de equipos de investigación españoles en el Programa Marco de I+D de la UE.
  6. ayudas complementarias para los proyectos de investigación aprobados y en ejecución con cargo a programas específicos del Programa Marco de la UE.
  7. ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco de programas gestionados por la Fundación Europea de la Ciencia (ESF).
  8. ayudas para la realización de proyectos de investigación en el marco de otros programas internacionales.
  9. el desarrollo de estudios relativos al sistema de ciencia-tecnología-empresa.
  10. las acciones de política científico-tecnológica.
  11. actuaciones de mejora del equipamiento científico-técnico.
  12. programa EXPLORA-INGENIO 2010 para exploración preliminar de temas de investigación en frontera del conocimiento.

Condiciones del pago

Con carácter general, tanto el importe de la subvención no financiada con FEDER como, en su caso, la parte correspondiente a anticipo reembolsable se librará por anualidades.
El pago de estas anualidades se librará por anticipado, sin necesidad de constituir garantía, a favor de las entidades beneficiarias.
En el caso de la primera anualidad dicho pago se tramitará en la resolución de concesión, en el resto, estará condicionado a la recepción del informe del seguimiento científico-técnico y económico y su valoración positiva.
El importe de la subvención financiada con FEDER se librará según se vaya justificando la realización de la actividad objeto de subvención.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 08/01/2007
    Fecha: 15/01/2007
    Páginas: 2072-2077 (854)

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden Ministerial de 11/04/2005
    Fecha: 29/04/2005
    Páginas: 14717-14722 (7019)

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