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Plan Avanza: fortalecimiento del sector industrial TIC

Información general de la subvención

Denominación:Plan Avanza: fortalecimiento del sector industrial TIC

Inicio de la convocatoria:11/04/2006Fin de la convocatoria:10/05/2006

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e InnovaciónInvestigación y desarrollo tecnológicoTIC y Sociedad de la Información

Cuantia financiada por la ayuda

  • Plazo máximo de amortización:84 meses
  • Plazo máximo de carencia:24 meses

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: aparatos o equipos destinados al proyecto; gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto; material fungible destinado al proyecto exclusiva y permanentemente; subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación; otros gastos generales suplementarios derivados del proyecto; gastos ligados al registro de patentes (si el beneficiario es pyme) y costes indirectos hasta un 15% de los gastos de personal.

NO serán subvencionables: gastos ejecutados fuera de plazo de ejecución del proyecto; costes de IVA; gastos financieros derivados del pago aplazado de inversiones; gastos de amortización de equipos; inversiones en terrenos y locales; despliegue de infraestructuras para la prestación de servicios; inversiones en obra civil; inversiones financiadas por leasing; inversiones en equipos o instalaciones usadas; gastos asociados a personal que no impute horas directamente al proyecto.

Acciones subvencionadas

Ayudas a la realización de proyectos y actuaciones de I+D correspondientes a las siguientes medidas de Política Industrial TIC del Plan Avanza 2006-2010:

  1. Planificación anticipada de la demanda en TIC de las Administraciones PúblicasEn esta medida se podrán subvencionar acciones complementarias para la organización de congresos, seminarios y conferencias, incluida la publicación de las actas o conclusiones de los mismos, y acciones para la definición de proyectos con nivel de riesgo tecnológico elevado para el desarrollo de productos y/o servicios de interés general de las Administraciones Públicas que no estén disponibles actualmente en el mercado.
  2. Mejora de la calidad del software.En este epígrafe se subvencionarán acciones complementarias de promoción y difusión entre empresas, en particular pymes, de modelos contrastados de calidad del software.
  3. Fomento de las Plataformas Tecnológicas Españolas.Dirigida a acciones complementarias de cooperación internacional y a proyectos científico tecnológicos singulares y de carácter estratégico.

Estas ayudas se instrumentan mediante la utilización de los fondos del Plan Avanza para financiar una segunda convocatoria (la 2/2006) de algunas partes de los Programas Nacionales de Profit coincidentes con los objetivos anteriores, que son:

  • Programa Nacional de Tecnologías Informáticas
  • Programa Nacional de Tecnologías para Servicios de la Sociedad de la Información
  • Programa Nacional de Tecnología Electrónica y de las Comunicaciones
  • Acción estratégica horizontal sobre seguridad y confianza en los sistemas de información, las comunicaciones y los servicios de la sociedad de a información.

Las ayudas podrán consistir en subvenciones a fondo perdido o préstamos.

Condiciones del pago

El pago se efectuará siempre con anterioridad a la realización de la anualidad correspondiente y tras la resolución de concesión.

En el caso de concesión de subvenciones se eximirá de la constitución de garantías a aquellos proyectos o actuaciones en los que todos sus beneficiarios cumplan las siguientes condiciones: que la cuantía de ayuda por beneficiario sea igual o inferior a 100.000 euros; que el coste del proyecto no supere el 25% de los ingresos totales o de explotación; y que los beneficiarios sean centros tecnológicos, centros privados de I+D universitarios, centros públicos de I+D, otras entidades de derecho público o microempresas.

En el caso de préstamos, cuando el solicitante único aporte un certificado en el que una entidad de crédito asuma, de manera irrevocable y con las debidas garantías, el reembolso de la totalidad del préstamo y todos los beneficiarios sean centros tecnológicos centros privados de I+D universitarios, centros públicos de I+D, u otras entidades de derecho público que presenten un informe de auditoría.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 05/04/2006
    Fecha: 10/04/2006
    Páginas: 13909-13915 (6468)

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden Ministerial de 18/03/2005
    Fecha: 19/03/2005
    Páginas: 9670-9698 (4611)

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