Denominación:Ayudas para proyectos en el marco del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación dentro de la Agenda Digital para España
Inicio de la convocatoria:21/02/2015Fin de la convocatoria:31/12/2016
Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:TIC y Sociedad de la Información
Serán subvencionables: infraestructuras y obra civil; equipamiento y otros materiales; gastos de personal; otros costes generales o indirectos imputables proyecto.
NO serán subvencionables: gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución y de justificación; los debidos a la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o impuestos análogos; impuestos personales o sobre la renta; gastos de amortización, de mantenimiento y de reparación de equipos, infraestructuras e instrumentación, ni los seguros asociados a los mismos; contribuciones en especie; inversiones en terrenos; inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero o leasing; inversiones en equipos o instalaciones usadas; seguros; alquiler de equipos o infraestructuras; material fungible de oficina (papelería, fotocopias, disquetes, material de vidrio y reactivos, material cartográfico, etc.); equipamiento de oficina (mobiliario (armarios, mesas, sillas, archivos, etc.), aparatos de comunicación (teléfono, fax, etc.), fotocopiadora, etc. Equipamiento informático (hardware y software) destinado a tareas de ofimática o de gestión); reparaciones y mantenimiento de los equipos, infraestructuras e instrumentación; intereses deudores, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; gastos de garantías bancarias o de otro tipo; aquellos gastos cuyas facturas expedidas no cumplan con los plazos recogidos en el artículo 11 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Ayudas para acelerar la extensión de la cobertura de las redes públicas de comunicaciones electrónicas capaces de proporcionar servicios de banda ancha de alta velocidad y de muy alta velocidad a las zonas sin cobertura actual ni prevista en los próximos tres años.
Tipos de proyectos:
Las subvenciones y los préstamos serán abonados tras dictarse la resolución de concesión.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España
Nombre de la institución: Ministerio de Industria, Energía y Turismo | Dirección: Paseo de la Castellana, 160 - 28046 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información / Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información / Ministerio de Industria, Energía y Turi | Dirección: Paseo de la Castellana, 160 - 28046 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Orden Ministerial de 17/02/2015
Fecha: 20/02/2015
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 14077-14091 (1740)
Tipo: Resolución de 19/11/2014
Fecha: 10/12/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 101109 (12869)
Tipo: Resolución de 15/04/2014
Fecha: 25/04/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 32909-32928 (4453)
Tipo: Orden Ministerial de 13/02/2014
Fecha: 21/02/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 17252-17254 (1889)
Tipo: Resolución de 31/01/2014
Fecha: 17/02/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 15424-15427 (1723)
Tipo: Resolución de 03/07/2013
Fecha: 05/07/2013
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 50464-50483 (7372)
Tipo: Orden autonómica de 18/06/2013
Fecha: 21/06/2013
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 46781-46801 (6749)