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Ayudas para potenciar el conocimiento de la economía social, fomentando el asociacionismo

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para potenciar el conocimiento de la economía social, fomentando el asociacionismo

Inicio de la convocatoria:11/04/2014Fin de la convocatoria:10/05/2014

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInversiones inmateriales

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 % ó 25.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas; arrendamientos y cánones; reparaciones y conservación; servicios profesionales independientes; primas de seguros; material de oficina, fotocopias e imprenta; comunicaciones; suministros; cuotas, tanto las de suscripción a publicaciones e inscripción en actividades como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales.
NO serán subvencionables: gastos que, en concepto de prestación de servicios, abone la entidad solicitante a otras entidades asociativas que integre o en las que se encuentre integrada.

Acciones subvencionadas

Ayudas para fomentar el asociacionismo entre las cooperativas y sociedades laborales, potenciar el conocimiento del autoempleo colectivo por parte de la sociedad, incorporando el valor añadido que éste representa para el crecimiento, desarrollo y para la generación de empleo.

Para el desarrollo de estas ayudas se establecen las siguientes medidas:

  1. Organización de congresos, seminarios, jornadas y otras actividades de naturaleza similar vinculadas al fomento de la economía social y que tengan incidencia en su capacidad de generación de empleo.
  2. Elaboración de trabajos de documentación, análisis e investigación en el campo del fomento de la economía social.
  3. Difusión de la economía social, mediante la edición de folletos, publicaciones, encartes, campañas publicitarias y otras actuaciones análogas, a través de cualquier medio incluidas las nuevas tecnologías de la información y de la comunicaciones.
  4. Funcionamiento de las entidades asociativas, con ámbito territorial del principado de Asturias, de cooperativas y sociedades laborales.

Condiciones del pago

Las subvenciones se harán efectivas una vez justificada la realización de la actividad objeto de aquellas.
Previo al pago de la ayuda deberá acreditarse el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAsturias (Principado de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAsturias (Principado de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2014

    Tipo: Resolución de 24/03/2014
    Fecha: 10/04/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-2

  • Bases reguladoras. Deroga la R. 05/11/09

    Tipo: Resolución de 24/07/2013
    Fecha: 05/08/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-8

  • Convocatoria para el año 2013

    Tipo: Resolución de 30/07/2013
    Fecha: 05/08/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-2

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