Home www.subvencionesayudas.com

Apoyo a inversiones de pymes financiados con fondos del ICO en el marco del Convenio entre el IGAPE y las entidades financieras

Información general de la subvención

Denominación:Apoyo a inversiones de pymes financiados con fondos del ICO en el marco del Convenio entre el IGAPE y las entidades financieras

Inicio de la convocatoria:01/12/2010Fin de la convocatoria:21/01/2011

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamos

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInternacionalizaciónInicio nueva actividadInversiones inmaterialesCreación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 % ó 2.000.000,00 Euros
  • Ayuda mínima: 25.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: activos fijos produtivos nuevos o de segunda mano; vehículos turismo, con un precio máximo de 24.000 euros (en el caso de la línea economía sostenible, se deberá tratar de vehículos ecológicos o híbridos); adquisición de empresas; gastos inherentes a la constitución de la empresa (máx. 10% del proyecto - exclusivamente en la línea emprendedores); activos circulantes ligados al proyecto de inversión (exclusivamente en la línea de internacionalización en el caso de creación de empresas en el extranjero). NO serán subvencionables: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones; activo corriente, adquisición de empresas y tomas de participación, excepto en la línea de internacionalización; inversiones cuya finalidad sea la deslocalización de la empresa; elementos de transporte, en el sector de trasporte por carretera o urbano; el IVA o cualquiera otro tributo ligado a la inversión.

Acciones subvencionadas

Lí­nea de subsidiación a la financiación obtenida por las pymes que promuevan inversiones en Galicia o en el extranjero, mediante alguna de las lí­neas del Plan de fomento empresarial 2010 del ICO:

  1. Lí­nea Ico-Economí­a Sostenible.
  2. Lí­nea Ico-Inversión.
  3. Lí­nea Ico-Internacional.
  4. Lí­nea Ico-Emprendedores.

Condiciones del pago

La ayuda financiera que se conceda, tanto la subsidiación al tipo de interés como, en su caso, la subsidiación de la comisión de aval de la SGR, se pagará de una sola vez.
Los beneficiarios de estas ayudas, una vez ejecutada y pagada la inversión y en el plazo máximo de dos meses contado desde la fecha de pago de la última factura o de la notificación de la resolución de concesión, deberán solicitar el cobro de la subvención concedida.



Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia



Organismos e instituciones



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2011

    Tipo: Resolución de 23/11/2010
    Fecha: 30/11/2010
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 19736-19754

  • Bases reguladoras

    Tipo: Resolución de 07/04/2009
    Fecha: 17/04/2009
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 7457-7472

  • Bases y convocatoria para el año 2008

    Tipo: Resolución de 15/04/2008
    Fecha: 21/04/2008
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 6953-6967

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 21/05/2007
    Fecha: 28/05/2007
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 8775-8789

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 06/04/2006
    Fecha: 17/04/2006
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 5906-5914

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Resolución de 27/01/2004
    Fecha: 30/01/2004
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 1350-1375

La finalidad de este portal es de caracter informativo, su contenido ha sido obtenido del Ministerio de Fomento.
Si usted cree que cualquier parte de este portal constituye algún delito, póngase en contacto con nosotros con el fin de subsanarlo.
Política de Privacidad