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Ayudas al fomento del autoempleo

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas al fomento del autoempleo

Inicio de la convocatoria:27/10/2001

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdidoDesgravaciones de la Seguridad Social

Objeto de la ayuda:Inicio nueva actividadCreación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 40,00 % ó 12.020,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición de terrenos; adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje; mobiliario y enseres; equipos para procesos de información, instalaciones de diseño y fabricación asistido por ordenador; otras inversiones en activo fijos materiales; trabajos de planificación e ingeniería del proyecto; activos intangibles ligados a la inversión solicitada; vehículos industriales vinculados a la actividad. NO serán subvencionables: inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero (leasing); IVA recuperable; tasas e impuesto; adquisición de bienes; gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad empresarial.

Acciones subvencionadas

Ayudas para aquellos proyectos que tengan por finalidad la incorporación como trabajadores autónomos de colectivos con dificultades para el acceso al mercado de trabajo o para la generación de una nueva actividad económica y empresarial, mediante los siguientes tipos de ayudas:

  1. a la inversión: 1.1. subvención a fondo perdido; 1.2. subvención para las inversiones financiadas mediante préstamos.

al inicio de la actividad: 2.1. subvención a las cuotas sociales; 2.2. subvención para la incorporación a la actividad.

Condiciones del pago

Las ayudas concedidas para la inversión y para el inicio de la actividad se abonarán por su totalidad, en un sólo pago.
Las ayudas a las cuotas sociales se abonarán por semestres vencidos.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla-La Mancha

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla-La Mancha



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria indefinida. Se deroga la O.21/12/99

    Tipo: Orden autonómica de 09/10/2001
    Fecha: 26/10/2001
    Páginas: 12397-12401

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