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Ayudas a la realización de acciones de formación dentro del Plan de Formación

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la realización de acciones de formación dentro del Plan de Formación

Inicio de la convocatoria:04/11/2006Fin de la convocatoria:21/11/2006

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Becas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionable: costes directos (costes de profesorado; gastos de viaje y estancia de los formadores; gastos de viaje, estancia y dietas de los alumnos; compensaciones a tanto alzo por día de asistencia a las acciones formativas para integrantes de colectivos; seguro de accidentes de los participantes; material didáctico; suministros; gastos de amortización del equipamiento); costes indirectos (personal interno; otros costes de luz, agua, teléfono, limpieza, gas, electricidad, vigilancia, etc.).

Acciones subvencionadas

Ayudas para garantizar y adecuar los conocimientos de la población a los requerimientos propios del mercado de trabajo de forma que satisfagan las necesidades empresariales.Las acciones a realizar son:

  • acciones formativas dirigidas a jóvenes desempleados menores de 26 años.
  • acciones formativas dirigidas a las necesidades de desempleados con edades entre 26 y 40 años.
  • acciones formativas dirigidas a personas con minusvalía superior al 33%.
  • acciones formativas dirigidas a mujeres con dificultades para su inserción laboral.
  • acciones formativas dirigidas a trabajadores de pyme.
  • acciones formativas dirigidas a empresarios de pyme.

Las acciones formativas estarán clasificadas en los siguientes niveles: Iniciación, Cualificación y Superior.

Condiciones del pago

El abono de las ayudas se realizará una vez justificado los gastos en que haya incurrido el beneficiario para la ejecución de la acción formativa.
Los beneficiarios que lo soliciten podrán recibir con anterioridad a la liquidación los siguientes anticipos: anticipo inicial, una vez acreditado el inicio de la acción, por un importe máx. del 50%; y un segundo anticipo por un importe máximo del 30% una vez acreditada la ejecución de la mitad del anticipo inicial.
Las solicitudes de anticipos deberán presentarse antes del día 5 de cada mes, pasado este plazo se procederá a su abono al mes siguiente de la presentación de la solicitud de anticipo.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaMelilla

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaMelilla



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 30/10/2006
    Fecha: 03/11/2006
    Páginas: 3604-3609 (2494)

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Acuerdo de 22/04/2005
    Fecha: 29/04/2005
    Páginas: 1159-1180 (777)

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