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Ayudas a la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo

Inicio de la convocatoria:01/01/2008

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdidoDesgravaciones de la Seguridad Social

Objeto de la ayuda:Inicio nueva actividadCreación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 12.000,00 Euros
  • Interés máximo subvencionable:3,00 ptos.

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1, la asistencia técnica (estudios de viabilidad, organización, comercialización y diagnosis; auditorías e informes económicos; asesoramiento); la inversión fija en proyectos de interés social; el interés de los préstamos con convenio firmado con la administración.
  • para el caso 2, la cuotas empresarial a la Seguridad Social (hasta el 100%); el coste salarial (hasta el 50%); la adaptación de puestos de trabajo (máx.: 1803,03 euros); el saneamiento financiero del centro; el equilibramiento del presupuesto de centros que carezcan de ánimo de lucro y sean de utilidad pública e imprescindibles.
  • para el caso 3, intereses de los préstamos formalizados con entidades financieras con convenio con la administración (máx.: 4507,59 euros); inversión en capital fijo (hasta 3906,57 euros).

Acciones subvencionadas

Ayudas para:

  1. proyectos que generen empleo: 1.1 proyectos de creación de centros especiales de empleo; 1.2 proyectos de ampliación de plantilla en centros especiales de empleo ya en funcionamiento.
  2. proyectos que favorezcan el mantenimiento del empleo de minusválidos en los centros especiales de empleo.
  3. proyectos empresariales de trabajadores minusválidos desempleados que se constituyan como autónomos.

Las ayudas del caso 1 y 3, podrán revestir la forma de subvenciones a fondo perdido o de subvención financiera. Las del caso 2, además de estas, podrán revestir la forma de bonificaciones a la Seguridad Social.

Condiciones del pago

Una vez que se justifique documentalmente la inversión realizada, la creación o el mantenimiento de los puestos de trabajo.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases reguladoras y convocatoria indefinida. Deroga la O.21/02/86

    Tipo: Orden Ministerial de 16/10/1998
    Fecha: 21/11/1998
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 38411-38414 (26877)

  • Bases reguladoras

    Tipo: Real Decreto de 11/05/1983
    Fecha: 04/06/1983
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado

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