Denominación:Ayudas a entidades locales para el desarrollo de la infraestructura eléctrica en sus municipios
Inicio de la convocatoria:05/07/2013Fin de la convocatoria:11/11/2015
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInfraestructuras de uso públicoAhorro energético y energías renovables
Serán subvencionables: instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro a polígonos industriales; instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro a desarrollos urbanísticos; desvíos y/o reformas de instalaciones eléctricas de distribución existentes en zona residencial; desvíos y/o reformas de instalaciones eléctricas de distribución existentes en polígonos industriales; instalaciones de nueva extensión de red (acometidas); instalaciones eléctricas para dependencias destinadas a la prestación de servicios municipales; instalaciones eléctricas para el aprovechamiento de energías renovables.
NO serán subvencionables: gastos de proyectos, direcciones de obras, certificaciones, verificaciones, inspecciones, estudio de impacto ambiental, levantamientos topográficos, coordinación de seguridad, los que se produzcan como consecuencia de los anuncios y publicaciones que puedan ser necesarios, así como los gastos de las autorizaciones administrativas, de registro o de gestión ante los órganos o Administraciones competentes.
Ayudas para la ejecución de obras correspondientes a nuevas instalaciones eléctricas en alta y baja tensión, o la reforma, modificación o adecuación de las existentes por motivos de seguridad o de mejora de la calidad del suministro, siendo la finalidad la mejora del funcionamiento de los servicios públicos municipales.
Instalaciones subvencionables:
El pago se realizará de la siguiente forma: un primer pago del 50% de la subvención concedida tras la emisión de la Resolución de concesión correspondiente; un segundo pago del 25% de la subvención concedida previa justificación; un último pago de hasta el 25% de la subvención concedida ó del 50% de la subvención en caso de no haberse solicitado el pago a que se refiere la letra anterior, que deberá efectuarse tras la presentación de la solicitud de liquidación.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaExtremadura
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaExtremadura
Nombre de la institución: Consejería Empleo, Empresa e Innovación / Junta de Extremadura | Dirección: Paseo de Roma, s/n. - 6800 Mérida | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Ordenación Industrial y Comercio / Consejería Empleo, Empresa e Innovación / Junta de Extremadura | Dirección: Paseo de Roma, s/n - 6800 Mérida | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Decreto de 21/10/2014
Fecha: 27/10/2014
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 32309-32312
Tipo: Anuncio de 02/12/2013
Fecha: 15/01/2014
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 1101-1103
Tipo: Anuncio de 18/12/2013
Fecha: 15/01/2014
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 1104-1105
Tipo: Orden autonómica de 19/06/2013
Fecha: 04/07/2013
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 15969-15985
Tipo: Orden autonómica de 07/05/2013
Fecha: 29/05/2013
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 12023-12039
Tipo: Decreto de 07/05/2013
Fecha: 13/05/2013
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 10480-10481
Tipo: DOE20121120Regulacion_1.pdf
Fecha: 20/11/2012
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 24549
Tipo: Decreto de 15/10/2012
Fecha: 18/10/2012
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 22123-22146
Tipo: Resolución de 29/02/2012
Fecha: 16/03/2012
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 5417-5419
Tipo: Resolución de 29/02/2012
Fecha: 16/03/2012
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 5414-5416
Tipo: Orden autonómica de 29/12/2009
Fecha: 04/01/2010
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 4-9
Tipo: Orden autonómica de 30/12/2008
Fecha: 13/01/2009
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 864-865
Tipo: Decreto de 08/05/2007
Fecha: 15/05/2007
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 8682-8684
Tipo: DOE20050611Regulacion_1.pdf
Fecha: 11/06/2005
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 8162
Tipo: Orden autonómica de 03/05/2005
Fecha: 07/05/2005
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 6055
Tipo: Decreto de 15/03/2005
Fecha: 26/03/2005
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 3705-3713
Tipo: Orden autonómica de 24/06/2002
Fecha: 09/07/2002
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 8692-8694
Tipo: Decreto de 03/04/2002
Fecha: 09/04/2002
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 4241-4244
Tipo: Orden autonómica de 31/01/2001
Fecha: 24/02/2001
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 1895-1898
Tipo: Orden autonómica de 24/07/2000
Fecha: 29/07/2000
Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
Páginas: 8062-8065