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Solidaridad y gestión de los flujos migratorios: Fondo para las Fronteras Exteriores (2007-2013)

Información general de la subvención

Denominación:Solidaridad y gestión de los flujos migratorios: Fondo para las Fronteras Exteriores (2007-2013)

Inicio de la convocatoria:01/01/2007Fin de la convocatoria:31/12/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Proyectos sociales, Vivienda y otros

Acciones subvencionadas

Este Fondo contribuirá a la realización de los siguientes objetivos:

  • la organización eficiente de control, que abarca tanto las tareas de verificación como de vigilancia en relación con las fronteras exteriores.
  • la gestión eficiente de los flujos de personas en las fronteras exteriores por parte de los Estados miembros con objeto de garantizar, por un lado, un alto nivel de protección en las fronteras exteriores y, por otra, el cruce sin problemas de estas fronteras de conformidad con el acervo de Schengen.
  • la aplicación uniforme por los guardias de fronteras de las disposiciones del Derecho comunitario en materia de cruce de fronteras exteriores.
  • la mejora de la gestión de las actividades de los servicios consulares y otros servicios de los Estados miembros en los terceros países en relación con los flujos de entrada de nacionales de terceros países en el territorio de los Estados miembros y de la cooperación entre Estados miembros a este respecto.

Acciones subvencionables:

  1. infraestructuras fronterizas y los edificios correspondientes, como puestos fronterizos, pistas de aterrizaje de helicópteros, carriles o cabinas para las colas de vehículos o de personas en los pasos fronterizos;
  2. infraestructuras, edificios y sistemas necesarios para la vigilancia entre pasos fronterizos y protección contra el cruce ilegal de las fronteras exteriores;
  3. equipamiento operativo, como sensores, videovigilancia, instrumentos de examen de documentos, herramientas de detección y terminales fijos o móviles de consulta del SIS el VIS, el Sistema Europeo de Archivo de Imágenes (FADO) y otros sistemas nacionales y europeos;
  4. medios de transporte necesarios para el control de las fronteras exteriores, como vehículos, buques, helicópteros y aeronaves ligeras, especialmente dotados de equipos electrónicos para la vigilancia de las fronteras y la detección de personas dentro de los medios de transporte;
  5. equipamiento para el intercambio de información, en tiempo real, entre las autoridades competentes;
  6. sistemas de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC);
  7. programas de comisiones de servicio e intercambios de personal como los guardias de fronteras, funcionarios de servicios de inmigración y funcionarios consulares;
  8. formación y educación del personal de las autoridades competentes, incluida la formación lingüística;
  9. inversiones en desarrollo, verificación e instalación de tecnologías punta;
  10. estudios y proyectos piloto que apliquen las recomendaciones, las normas operativas y las mejores prácticas resultantes de la cooperación operativa entre Estados miembros en el ámbito del control de fronteras;
  11. estudios y proyectos piloto concebidos para estimular la innovación, facilitar el intercambio de experiencias y buenas prácticas y mejorar la calidad de la gestión de las actividades organizadas por los servicios consulares y otros servicios de los Estados miembros en terceros países en relación con los flujos de entrada de nacionales de esos terceros países en el territorio de los Estados miembros y de la cooperación entre Estados miembros a este respecto.

Condiciones del pago

Los pagos revestirán la forma de prefinanciaciones y pagos del saldo. Dichos pagos se abonarán a la autoridad responsable designada por el Estado miembro.
Se pagará al Estado miembro una primera prefinanciación equivalente al 50 % del importe asignado en la decisión de financiación por la que se apruebe el programa anual en los sesenta días siguientes a la aprobación de dicha decisión.
Se desembolsará una segunda prefinanciación en un plazo no superior a tres meses a partir de la aprobación por la Comisión, dentro de los dos meses siguientes a la presentación oficial de una solicitud de pago por un Estado miembro.
La Comisión procederá al pago del saldo siempre que haya recibido los documentos justificativos.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:Islandia Liechtenstein Noruega Suiza Unión Europea

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:Islandia Liechtenstein Noruega Suiza Unión Europea



Organismos e instituciones

Organismo otorgante



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

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