Denominación:Ayudas para la transformación y comercialización de productos agrarios (Madrid)
Inicio de la convocatoria:24/10/2013Fin de la convocatoria:16/11/2013
Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Marketing y Promoción comercialAgricultura, Silvicultura, Ganadería y Pesca
Serán subvencionables: inversiones materiales destinadas a la construcción, adquisición o mejora de inmuebles y la compra de nueva maquinaria, equipos, instalaciones y software; inversiones materiales destinadas a mejorar las condiciones higiénicas o de sanidad humana o animal; implantación de sistemas de calidad realizados por empresas externas (ISO 9000, ISO 22000, ISO 14000, BRC, IFS, o normas asimilables); costes generales, como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad o adquisición de patentes y licencias.
NO serán subvencionables: adquisición de terrenos en términos distintos de lo dispuesto en los apartados 1,2 y 3 del artículo 8 del Real Decreto 1852/2009; inversiones que se limiten a sustituir un edificio o una máquina existentes o parte de los mismos, en términos distintos de lo establecido en el apartado 15 del artículo 3 del Real Decreto 1852/2009; trabajos e inversiones iniciados con anterioridad a la fecha de autorización de inicio de las inversiones (acta de no inicio) (salvo honorarios técnicos; estudios de viabilidad, estudios de mercado y otros estudios previos necesarios; adquisición de patentes y licencias; gastos relacionados con los permisos de construcción; acopio de materiales de construcción, de instalaciones y maquinaria, siempre que el montaje, instalación o incorporación "in situ" no hayan tenido lugar antes del levantamiento del acta de no inici; inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero ("leasing"); gastos de amortización de bienes inmuebles o bienes de equipo; contribuciones en especie; compra de edificios, incluyendo, en su caso, los terrenos sobre los que se asientan, en términos distintos de lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 1852/2009.
Ayudas para:
El pago de la ayuda, o en su caso, la devolución del aval, estará supeditado a la comprobación material de la inversión, una vez recibida la documentación relativa a la justificación y pago de la ayuda procederá a realizar una visita de comprobación material de las inversiones.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaMadrid
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaMadrid
Nombre de la institución: Consejería Medio Ambiente y Ordenación del Territorio / Gobierno de Madrid | Dirección: C/ Alcalá, 16 - 28014 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Medio Ambiente / Consejería Medio Ambiente y Ordenación del Territorio / Gobierno de Madrid | Dirección: C/ Alcalá, 16 - 28014 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Orden autonómica de 10/10/2013
Fecha: 23/10/2013
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 53-70 (10)
Tipo: Orden autonómica de 02/08/2011
Fecha: 07/09/2011
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 19-32 (9)
Tipo: Orden autonómica de 22/07/2010
Fecha: 11/08/2010
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 32-60 (12)
Tipo: Orden autonómica de 22/07/2010
Fecha: 11/08/2010
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 32-60 (12)
Tipo: Orden autonómica de 29/09/2009
Fecha: 16/10/2009
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 14-15 (3421)
Tipo: Orden autonómica de 29/06/2009
Fecha: 09/07/2009
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 22-31 (2299)
Tipo: Orden autonómica de 19/04/2007
Fecha: 03/05/2007
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 10-17 (1633)
Tipo: Orden autonómica de 07/03/2006
Fecha: 27/03/2006
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 18-22 (1133)
Tipo: Orden autonómica de 03/08/2005
Fecha: 10/08/2005
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 4-8 (2610)
Tipo: Orden autonómica de 28/04/2005
Fecha: 04/05/2005
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 17-26 (1407)
Tipo: Orden autonómica de 20/08/2003
Fecha: 25/08/2003
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 10-11 (3235)
Tipo: Orden autonómica de 27/12/2001
Fecha: 09/01/2002
Publicado en: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Páginas: 24 (83)