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Ayudas para inserción laboral de las personas acogidas a la renta mínima de inserción mediante empresas y entidades colaboradoras

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para inserción laboral de las personas acogidas a la renta mínima de inserción mediante empresas y entidades colaboradoras

Inicio de la convocatoria:29/03/2008Fin de la convocatoria:29/11/2008

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Creación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 %

Acciones subvencionadas

Ayudas para la inserción laboral de las personas acogidas a la renta mínima de inserción mediante medidas formativas, de motivación y de contratación de trabajadores, a través de:

  1. apoyo a la contratación por un período mínimo de tres meses de personas destinatarias de la RMI por parte de empresas de inserción sociolaboral.
  2. apoyo a la contratación por un período mínimo de tres meses de personas destinatarias de la RMI por parte de entidades colaboradoras.
  3. apoyo a la contratación por un período mínimo de un año de personas destinatarias de la RMI procedentes de un empresa de inserción sociolaboral.
  4. apoyo a la autoocupación de personas destinatarias del RMI que estén dados de alta por cuenta propia en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.

Condiciones del pago

El pago se realizará previa presentación de la copia autenticada del contrato de trabajo y del alta en la en la Seguridad Social, en el supuesto de contratación, por meses vencidos según el importe de la prestación básica de la renta mínima de inserción correspondiente y en el caso de autoempleo, deberá presentarse, antes del inicio del pago de la subvención, copia autenticada del alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y justificante del primer ingreso de la cotización.
El pago se realizará por meses vencidos.
En los casos que se autoricen adelantos del 100% del importe de las subvenciones, se deberá acreditar la correspondiente garantía, excepto en el caso de entidades exentas de presentarlas.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2008

    Tipo: Resolución de 17/03/2008
    Fecha: 28/03/2008
    Páginas: 24326-24328

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 14/02/2007
    Fecha: 09/03/2007
    Páginas: 8771

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 26/05/2006
    Fecha: 08/06/2006
    Páginas: 25352-25361

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 13/06/2005
    Fecha: 08/07/2005
    Páginas: 20739-20747

  • Convocatoria para el año 2005

    Tipo: Resolución de 19/01/2005
    Fecha: 04/02/2005
    Páginas: 2143-2144

  • Convocatoria para el año 2004

    Tipo: Resolución de 27/01/2004
    Fecha: 05/02/2004
    Páginas: 2333

  • Convocatoria para el año 2003

    Tipo: Resolución de 16/12/2002
    Fecha: 24/12/2002
    Páginas: 22609-22610

  • Modifica las fechas de convocatoria de la O. 25/09/01

    Tipo: Orden autonómica de 13/11/2001
    Fecha: 19/12/2001
    Páginas: 19351-19352

  • Bases y convocatoria para el año 2001

    Tipo: Orden autonómica de 25/09/2001
    Fecha: 05/10/2001
    Páginas: 15123-15127

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