Denominación:Programa de apoyo financiero a la inversión industrial: Competitividad Industrial - Fabricación de vehículos propulsados con energías alternativas y de productos vinculados a la infraestructura de apoyo a su utilización
Inicio de la convocatoria:01/04/2015Fin de la convocatoria:01/06/2015
Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamos
Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInversiones inmateriales
Serán subvencionables: obra civil (inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos); edificación (inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo); aparatos y equipos de producción (adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior); ingeniería de proceso de producción (gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos).
NO serán subvencionables: cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
Ayudas, en forma de préstamos reembolsables, a inversiones industriales para la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes en el ámbito de la fabricación de vehículos propulsados con energías alternativas y de productos vinculados a la infraestructura de apoyo a su utilización, entendiendo por tales las inversiones para la mejora y/o modificación de una línea de producción existente, la definición y adquisición de un equipo o conjunto de equipos destinados a sustituir elementos anteriormente instalados en la línea o a complementar ésta con el objetivo de mejorar sus características o de modificar las características de la producción.
El pago de la ayuda está condicionado a que exista constancia por parte del órgano gestor de que el beneficiario cumple los requisitos establecidos y se hará tras la concesión de la ayuda.
Se exigirá la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos por importe del 10% del préstamo interesado en la solicitud en el momento de la solicitud.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España
Nombre de la institución: Ministerio de Industria, Energía y Turismo | Dirección: Paseo de la Castellana, 160 - 28046 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa / Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa / Ministerio de Industria, Energía y Turismo | Dirección: Paseo de la Castellana, 160 - 28046 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Orden Ministerial de 13/02/2015
Fecha: 20/02/2015
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 14065-14076 (1739)
Tipo: Orden Ministerial de 12/01/2014
Fecha: 16/01/2015
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 3798-3802 (367)
Tipo: Orden Ministerial de 11/07/2014
Fecha: 18/07/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 56898-56908 (7643)
Tipo: Orden Ministerial de 11/04/2014
Fecha: 21/04/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 31678-31703 (4262)