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Ayudas para incentivar planes de actuación de los centros tecnológicos

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para incentivar planes de actuación de los centros tecnológicos

Inicio de la convocatoria:26/03/2008Fin de la convocatoria:24/04/2008

Tipo de subvención:Anticipos reembolsables y préstamosSubvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación y desarrollo tecnológico

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para los casos 1 y 2: gastos de personal propio; contratación de servicios tecnológicos a terceros; gastos de adquisición de equipamientos, instrumental y material inventariable dedicado exclusiva y permanentemente a la actividad de investigación y desarrollo aplicado y a servicios tecnológicos; gastos de materiales y consumos.
  • para el caso 3: gastos de personal propio; contratación de servicios tecnológicos a terceros; gastos de adquisición de equipamientos, instrumental y material inventariable dedicado a la realización de servicios tecnológicos directamente destinados a cubrir las necesidades de las empresas; gastos de materiales y consumos.

Acciones subvencionadas

Ayudas para:

  1. actividades incluidas en los Planes de Actuación de los Centros Tecnológicos.
  2. actividades incluidas en los Planes Coordinados de Actuación.
  3. actividades incluidas en los Planes de Actuación de los centros de difusión de tecnología.

Condiciones del pago

El pago total de la ayuda será tramitado una vez se haya comprobado la justificación de la realización del proyecto y un técnico haya elaborado un acta favorable de comprobación.
La resolución de concesión podrá prever la posibilidad de efectuar anticipos de pago sobre la subvención concedida.
En este caso, el beneficiario deberá presentar un aval concedido por una entidad bancaria o financiera por el importe de la subvención pagado por anticipado, incrementado con los intereses correspondientes hasta el final del proyecto.
El aval se liberará con la certificación previa conforme se han efectuado los gastos objeto de la ayuda.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2008. Deroga la R.IUE/1544/2007, de 10/05/07

    Tipo: Resolución de 05/03/2008
    Fecha: 25/03/2008
    Páginas: 23189-23200

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 18/09/2007
    Fecha: 10/10/2007
    Páginas: 36015-36017

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 24/03/2006
    Fecha: 04/04/2006
    Páginas: 15730-15734

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 12/04/2005
    Fecha: 22/04/2005
    Páginas: 10897-10902

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