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Ayudas del Programa de Desarrollo y Diversificación económica de las zonas rurales (PRODER) a través de grupos de acción local

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas del Programa de Desarrollo y Diversificación económica de las zonas rurales (PRODER) a través de grupos de acción local

Inicio de la convocatoria:15/03/2006Fin de la convocatoria:29/03/2006

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Agricultura, Silvicultura, Ganadería y Pesca

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 40,00 % ó 150.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: Con carácter general: acondicionamiento de terrenos, construcciones e instalaciones existentes; construcciones e instalaciones nuevas; maquinaria; equipos y utillaje; animales vivos; gastos de contratación de personal; estudios y asistencias técnicas; otros gastos necesarios para la inversión, incluida la redacción del proyecto y su dirección facultativa. Para el caso 1: pequeñas obras hidráulicas para riego y desagües; mejora y equipamiento de pastizales; construcciones e instalaciones de manejo de ganado; electrificación, dotación de agua potable y eliminación de residuos. Para el caso 2: costes de la contratación de un agente por agrupación, empleado a tiempo completo; costes de la utilización en común de equipos, instalaciones y maquinaria especializada. Para el caso 3: apoyo a la creación, recuperación y difusión de actividades, recursos y tradiciones en el ámbito agrario y afines; recuperación de elementos del paisaje, rincones y estaciones deteriorados; mantenimiento de la identidad histórico-cultural. Para el caso 4: prestación de servicios de proximidad a la población rural y de apoyo técnico; acogida de neorrurales en los municipios más despoblados; actividades complementarias como granjas escuela, actividades cinegéticas y centros ecuestres. Para el caso 5.1: inversiones en agroturismo y turismo rural de calidad; inversiones vinculadas al turismo ambiental, de actividades al aire libre y de contacto con la naturaleza, así como la recuperación de la fauna y la flora autóctonas; promoción del turismo rural así como el conocimiento de sus posibilidades a través de estudios tanto de oferta como de demanda. Para el caso 5.2: apoyo a las iniciativas empresariales de artesanía tradicional que utilicen recursos endógenos; apoyo al tejido empresarial artesano vinculado a proyectos agrarios y subproductos; recuperación de antiguas labores artesanales, técnicas y oficios. Para el caso 6: acciones de promoción; gastos de introducción de sistemas de gestión de la calidad; estudios que tengan una incidencia directa en los procesos de comercialización; inversiones para la creación de puntos de venta de la producción típica local.

NO serán subvencionables: Con carácter general: compra de terrenos; maquinaria de reposición; adquisición de maquinaria usada; cantidades destinadas al pago del IVA u otros tributos que sean recuperados por el beneficiario. Para el caso 6: gastos derivados de la utilización de concursos, sorteos, comidas, regalos, primas o similares como métodos vinculados a la promoción y representación comercial; productos de degustación en puntos de venta; gastos de reedición de etiquetas, material promocional, envases.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la diversificación económica y dinamización rural mediante:

  1. inversiones colectivas promovidas por agrupaciones de agricultores y ganaderos.
  2. establecimiento de servicios de sustitución y de asistencia a la gestión de explotaciones agrarias mediante agrupaciones de agricultores.
  3. renovación y desarrollo de los pueblos y conservación del patrimonio rural.
  4. diversificación de actividades económicas en el ámbito agrario y ámbitos afines.
  5. fomento del turismo y la artesanía: 5.1 turismo; 5.2 artesanía.
  6. comercialización de productos agroalimentarios de calidad.

Condiciones del pago

El pago de la ayuda se efectuará tras la justificación de los gastos.
Podrá solicitarse el pago anticipado al objeto de facilitar la financiación de la inversión.
Igualmente, podrá solicitarse el pago anticipado y un aplazamiento máximo de un año para la presentación de la justificación, excepcionalmente, por no haberse concluido el proyecto subvencionado dentro del plazo concedido para la justificación de las inversiones.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaTalamanca de JaramaValdepiélagosValdetorres de JaramaRibatejadaValdeaveroAldea del FresnoCadalso de los VidriosCenicientosChapineríaColmenar del ArroyoFresnedillas de la OlivaNavalagamellaNavas del ReyPelayos de la PresaQuijornaRobledo de ChavelaRozas de Puerto RealSan Martín de ValdeiglesiasSanta María de la AlamedaValdemaquedaVilla del PradoVillamantaVillamantillaVillanueva de PeralesZarzalejoAmbiteBrea de TajoEstremeraFuentidueña de TajoOruscoValdaraceteVillamanrique de TajoVillarejo de SalvanésAnchueloCorpaNuevo BazánPezuela de las TorresPozuelo del ReySantorcazSantos de la Humosa (Los)ValdilechaValverde de AlcaláVillar del OlmoManzanares el RealAlamo (El)BatresBecerril de la SierraBoalo (El)CasarrubuelosCercedillaColmenar ViejoGriñónCubasGuadarramaMolinos (Los)NavacerradaOlmeda de las FuentesSan Lorenzo de El EscorialSerranillos del ValleZonas Objetivo 2 (2000-2006) de MadridMadrid

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaMadrid



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 22/02/2006
    Fecha: 15/03/2006
    Páginas: 24-25 (969 )

  • Convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 28/06/2005
    Fecha: 05/07/2005
    Páginas: 24-26 (2239)

  • Bases y convocatoria para los años 2002-2006

    Tipo: Orden autonómica de 20/08/2002
    Fecha: 29/08/2002
    Páginas: 15-26 (3311)

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Decreto de 28/02/2002
    Fecha: 14/03/2002
    Páginas: 52-56 (1042)

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